Ante la Difamación y la Calumnia: Rendición de Cuentas.
“Es el estigma
de la pequeñez propia, el suponer la pequeñez ajena”. José Martí.
La lucha política implica siempre riesgos. Mucho más
cuando al asumirla se decide enfrentar el poder. Son múltiples los casos de
tramas, conspiraciones, manipulaciones y tergiversaciones que han sufrido aquellos
que han decidido combatir las conductas y acciones públicas que perjudican a la
ciudadanía. El
sistema político dominicano de hoy nace del germen del autoritarismo, lo cual
es quizás la razón fundamental de porqué hoy día los actos de disidencia
ciudadana frente al poder público y privado se intenten sistemáticamente
acallarlos. Nuestra clase política y fundamentalmente el PLD, ha consolidado dentro de las reglas que
rigen esta sociedad, una concepción patrimonialista del Estado en donde es
considerado como un botín de guerra que le pertenece al partido de gobierno. Es
decir, aquel constructo teórico de que el Estado somos todos, no tiene vigencia
en el marco de la supuesta institucionalidad democrática que tenemos en este
país.
En
esta ocasión ha sido contra mi a quien se intenta materializar un claro caso de
“Asesinato de la Reputación” , mediante la publicación de un libelo (Click aquí) difamatorio, injurioso y que a todas luces comprometen la responsabilidad penal
y civil de la persona quien la publicó, en este caso un joven llamado Edward
Chá. El haber asumido la responsabilidad de involucrarme en el colectivo Poder
Ciudadano, el cual mediante la campaña denominada: “Cadenas Humanas contra la
Corrupción y la Impunidad” ha iniciado una intensa jornada de lucha ciudadana
exigiendo transparencia en el uso de los fondos públicos y la puesta en
funcionamiento del sistema de consecuencias contra aquellos que prevaleciendo
de sus cargos han saqueado el erario, es fundamentalmente el motivo que subyace
en este intento de desestimarnos moralmente frente a la ciudadanía.
Consciente
de mis derechos y mis deberes ciudadanos, he exigido siempre de las autoridades
rendición de cuentas a la ciudadanía. Y por ello, nuestras exigencias se fundan
en nuestro convencimiento de que los sistemas democráticos se construyen y se
mantienen a través de ese diálogo entre representantes y representados. Tener
esta idea clara, que nos lleva a exigir el manejo pulcro y ético de la cosa
pública, nos hace estar plenamente consciente de que tenemos el deber de contar
con la autoridad moral que se deriva de un ejercicio de nuestros derechos y
deberes cívicos ejemplares, pese a vivir en una sociedad de complicidades,
envilecida que estimula el incumplimiento de la ley. Claro estamos de que no se
puede lanzar piedras teniendo techo de cristal, y sin lugar a dudas el techo
que nos guarece está preparado para sufrir los embates de cualquier tipo de
artillería.
Frente
a la difamación y la calumnia publicada en mi contra, he recibido
múltiples apoyos y algunos de ellos nos han aconsejado no referirnos a lo que
esas aviesas voces pretenden inocular en el imaginario de la gente. Pero estoy
convencido que ante la calumnia, ante la injuria, ante la difamación y
manipulación debo responder, porque creo que el que calla otorga, y cómo me acompaña la razón y
la verdad y soy fiel creyente en las reglas que rigen la democracia,
estoy dispuesto siempre a rendir cuentas a cada ciudadano que nos las
exija. En ese sentido, a continuación explicaré en detalle y aportando la
documentación que sustenta cada una de nuestras afirmaciones, el tipo de
relación que como especialista en derecho público he sostenido con el Estado
dominicano y que de forma perversa se pretende manipular para crear otra idea
sobre el particular.
Los
Hechos.
En fecha 4 de octubre del año 2013, la oficina de
abogados “Pujals y Rodríguez –
Soluciones Legales”, a través de quien suscribe en su condición de Director
de dicha oficina y persona física inscrita en la Dirección General de Impuestos
Internos con el No. De RNC asociado a nuestra cédula de identidad y electoral
No. 001-1770364-5 y en el Registro de Proveedores del Estado con el No. 36052
de fecha 28 de Octubre del 2013 bajo la clasificación de proveedor de servicios
y consultoría (VER ANEXO 1), acordó la suscripción del contrato de consultoría
No. 2867 con el Ministerio de Educación de la República Dominicana, a los fines
de brindar asesoría jurídica en un Proyecto que de manera conjunta
desarrollarían el Ministerio de Educación y la Junta Central Electoral.
En ese sentido, la oficina de abogados a la que
represento ofreció en tiempo oportuno y permanente todas las recomendaciones,
asesorías y consultas que con relación a dicho Proyecto se nos solicitara en
ocasión de los servicios contratados. Pero no solo eso, sino que, extendiendo
nuestros servicios más allá de lo convenido contractualmente, nos pusimos a
disposición de la Dirección Jurídica del Ministerio de Educación para cualquier
otro tipo de consulta, hecho que puede ser confirmado por la Directora de dicho
departamento. Todas nuestras consultas emitidas por escrito y vía digital
durante el tiempo de nuestros servicios, pueden ser debidamente confirmadas en
la Dirección Jurídica del Ministerio de Educación mediante la solicitud
correspondiente a través de la oficina de acceso a la información pública en
virtud de la ley 200-04, ya que es dicha institución como destinataria de las
mismas y frente a la cual según contrato y ética profesional tenemos un deber
de confidencialidad conforme el artículo 5 del contrato de referencia (VER PARTE 2 ANEXO 4). A eso
habría que sumarle todas las ocasiones en que parte de nuestro equipo de
trabajo, en especial el caso de nuestro socio senior el Lcdo. Jaime Rodríguez,
también especialista en derecho público, tuvo que trasladarse personalmente a
reuniones y encuentros relacionados con los objetos de las consultorías, lo
cual puede ser igualmente confirmado por la Dirección Jurídica del Ministerio
de Educación.
La forma de pago convenida y ejecutada por parte del
Ministerio de Educación, dada la naturaleza profesional y no laboral de nuestra
relación (VER ANEXO 2), fue a través de cheques, lo cual se puede confirmar
solicitando la certificación correspondiente al departamento de Tesorería del
Ministerio de Educación. Como muchas personas que legítimamente prestan
servicios profesionales al Estado saben, el procedimiento de pago de dichos
servicios es siempre burocrático, tedioso y tardío. En lo que a nosotros
respecta, el pago a través de cheque como pago de nuestros servicios nunca era
realizado a tiempo y llegaba a acumularse varios meses, sin que en ningún
momento por dicha razón dejáramos de cumplir nuestras obligaciones.
En ese sentido, en fecha 09 de febrero del 2015
mediante comunicación timbrada por nuestra oficina, le expusimos al Ministro de
Educación, Lcdo. Carlos Amarante Baret que:
“no obstante estar prestando
los servicios bajo los cuales fuimos contratados y otros adicionales, se han
presentado constante y reiterativos inconvenientes al momento de poder obtener
mensualmente el pago convenido con el Ministerio, a saber la suma de
RD$55,000.00 mensuales. A la fecha de hoy se nos adeuda los meses de julio,
septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2014, así como el mes de
enero y febrero del año 2015, es decir, un cúmulo de 7 meses sin que podamos
recibir efectivamente el pago por los servicios prestados. Ante esta situación
hemos agotado distintas diligencias, pero todas han resultado infructuosas”.
Indicamos
que desde la inexistencia de las órdenes de pago, falta de firmas y la supuesta
reiterada falta de presupuesto institucional, son los constantes argumentos que
nos presentan como excusa ante el atraso considerable en el cumplimiento de las
obligaciones.
Ante una acumulación de 7 meses sin recibir el pago
que por nuestros servicios nos correspondía y la complicación para que dicho
pago se ejecutará, situación que era extensiva a otros asesores de la institución,
la Dirección Jurídica del Ministerio de Educación decide tramitarlos a través
de la nómina de dicha institución –situación también extensiva a otros
asesores-, y por esa razón los pocos últimos meses en que prestamos nuestro
servicio figuramos en dicha nómina, con la observación de que de los pagos
acumulados nunca se efectuaron los correspondientes a dos meses, es decir que
dada las complicaciones burocráticas para cumplir las obligaciones prestamos
nuestros servicios de manera gratuita por esos dos meses. En adición a esto la Lcda.
Teresita Bencosme Comprés, Consultora Jurídica del Ministerio, nos cursó una
comunicación en fecha 20 de febrero del 2015 mediante la cual nos indicó que
dicho departamento había tramitado las solicitudes de pago pendientes y que
lamentablemente se escapaba de sus facultades obtener los pagos puntualmente. Sobre
esta situación, el Director de Dpto. de Nómina, Leoncio Moreno de Jesús, emitió
la certificación de fecha 04 de septiembre del 2015, mediante la cual establece
que los meses adeudados fueron pagados mediante el libramiento No. 5830(VER
ANEXO 3)
Hay que resaltar que contrato de referencia
establece en su artículo 4 que: “Las PARTES reconocen y aceptan que el
presente contrato no establece relación de subordinación laboral entre ellas
bajo los términos del Código de Trabajo de la República Dominicana, Ley No.
16-92, de fecha 29/5/1992, ni de la Ley No. 41-08 de Función Pública, de fecha
16 de Enero del 2008. Del mismo modo, todo lo referente al aspecto laboral del
personal que intervenga por parte del CONTRATADO
en la ejecución y desarrollo de este contrato, estará bajo la única y exclusiva
responsabilidad del CONTRATADO.”
Igualmente
el numeral 2 de dicho artículo 4 dispone que: “EL CONTRATADO por este medio libera al MINERD de toda acción o demanda laboral
que él o su personal, los subcontratistas, sus empleados y/o representantes intentarán en su contra, derivada del cumplimiento y ejecución del presente contrato.” (VER PARTE 1 ANEXO 4)
Esta es la verdadera razón y no la que especulativa,
infundada y de forma tergiversada, personas dedicadas al linchamiento moral se
han dedicado a difundir. Nunca hemos tenido relación laboral con el Ministerio
de Educación, sino una relación de prestación de servicios profesionales
conforme se establece en el contrato suscrito.
En fecha 20 de agosto del año 2015, mediante
comunicación (VER ANEXO 5), comunicamos a la Dirección Jurídica del Ministerio de
Educación la terminación unilateral de la relación contractual que nos unía con dicho
Ministerio. No obstante en la misma requerimos que la terminación se hiciera a
final de agosto, por solicitud de la propia Directora y para cumplir con
consultas que se nos hicieran posteriormente, la misma se hizo efectiva en el
mes de septiembre, fecha en que ya de por sí vencía la renovación del contrato. Evitando precisamente la renovación automática procedimos a rescindir unilateralmente con dicho contrato.
Resulta curioso que en el difamatorio panfleto
puesto a circular digitalmente se especule respecto a las posibilidades
materiales de nosotros cumplir con un horario en el Ministerio de Educación y
participar de otras actividades personales, como por ejemplo las
manifestaciones frente a la OISOE en las que legítimamente y en el ejercicio de
nuestros derechos hemos participado. Esto, en primer lugar, porque nunca hemos
tenido una relación de sujeción con el Ministerio de Educación, como es propio
en las relaciones laborales en las que el empleado debe estar a disposición del
empleado en un horario, sino que la relación que hemos tenido con el ministerio
es la de Consultor-Cliente. Pero además porque ya para el inicio de dichas
manifestaciones nosotros habíamos rescindido por iniciativa propia la relación
profesional tenida con el Ministerio de Educación.
Respecto a la injuria de que nosotros mantenemos oculto esta relación, lo mismo se cae con misma publicación que hace el difamador, cuando muestra la nómina especial del Ministerio de Educación. Igualmente, en este blog desde hace bastante tiempo está publicado en nuestra biografía que fuimos consultor esta institución y de la Procuraduría, lo cual además está incluido en los perfiles curriculares aportados en los procesos de licitación utilizados en las consultorías del Ministerio Público.
Igualmente mediante comunicación de fecha 24 de
noviembre del año 2015, hicimos la devolución que hiciéramos de un computador
personal que a nuestro equipo de trabajo se le suministró para fines de
nuestros servicios convenidos y prestados. (VER ANEXO 6).
Contexto
Habiendo expuesto en detalles cada uno de los
argumentos que desmontan el libelo difamatorio publicado por el joven llamado
Edward Chá, es importante determinar quién es la persona que ha realizado dicha
publicación, para determinar el objetivo que detrás de la misma puede haber. A
este joven lo llegó a conocer por Facebook, por una solicitud de amistad que él
me envió, si mal no recuerdo, a finales del año pasado. Dicha solicitud la
acepté como lo hago como todo aquel que me envía una solicitud, ya que
considero mi cuenta de Facebook como un foro público abierto a todos y a todas.
La primera vez que intercambio con este joven, es porque me escribe el 22 de
diciembre del 2014 vía mensaje privado, solicitando mi ayuda por un conflicto
que tuvo con una persona llamada Martha Rivera-Garrido quien había amenazado
con demandarlo por difamación, luego de que éste dijera que uno de sus poemas
era un plagio. En esa ocasión, habiéndose equivocado en dicha acusación,
decidió borrar el post en donde se hacía la acusación falsa y procedió, por
recomendación nuestra a realizar una declaración rectificando su error. En
aquel momento, ante la desesperación de este joven, le ofrecimos nuestros
servicios profesionales de forma gratuita, teniendo en cuenta que había
admitido su error y hecho lo necesario para enmendarlo.
Luego, los intercambios sostenidos con este joven se
cifraron al hecho en que este quería que yo prologara un libro que él estaba
realizando. Para lo cual en varias ocasiones me escribió indicándome que el
libro estaba casi listo. Luego de esto, me escribía con la intención de
juntarse conmigo en actividades de tipo lúdica a las cuales por motivos
personales nunca acepté. De repente, ese trato cambió y públicamente el joven
Edward Chá comenzó una intención campaña de acoso respecto de las publicaciones
que hacíamos e incluso de forma espontánea sin existir motivos para que se
dieran reacciones de su parte. A estos ataques nunca le prestamos atención, por
el contrario decidimos siempre ignorarlos porque nos pareció, como ahora, que
se trataba de un joven que buscaba llamar la atención y abrirse paso a como dé
lugar, sea incluso a costa de la reputación de los demás. La última vez que
tuve algún tipo de contacto con este joven, fue cuando el 14 de agosto del 2015
este me escribiera por mensaje privado, pidiéndome disculpas por haber sido un
ingrato conmigo en determinado momento. Reconociendo además que no era la mejor
persona y que tenía miles de defectos. Nosotros le extendimos nuestro aprecio
sincero, aceptamos las disculpas inesperadas y le exhortamos a que su potencial
y talento lo pusiese al servicio de quienes lo necesitan. Luego de eso,
continuó con su campaña de acoso, hasta el punto en que decidimos eliminarlo de
nuestra lista de contactos. Posterior a eso, expresó mediante varios post su
enojo por la medida que unilateralmente adopté y la última reacción de su parte
se trata de esta publicación injuriosa y difamatoria. Tenemos en nuestro
guardado el historial de las conversaciones sostenidas con este joven y que
evidencia este relato que compartimos. El que me lo requiera puedo remitírselo
sin inconvenientes para que se haga su propio juicio.
Conclusiones
Los que conocen mi trayectoria pueden dar testimonio
de que siempre he denunciado enérgicamente todas las tropelías de los gobiernos
que mientras hemos accionado en política, nos han dirigido. Durante el gobierno
de Danilo Medina, así como los demás de gobierno del PLD, en todas nuestras
posiciones públicas y privadas hemos siempre enfrentado a este partido y a
estos dirigentes sobre la base del escrutinio objetivo de sus conductas como
hombres públicos. Esto nos ha costado incluso la enemistad con familiares
ligados al PLD, como es el caso de mi tío el Senador Prim Pujals, quien por
nuestras posiciones se ha alejado afectivamente de nosotros por entender que el
hecho de ser familiares me obliga a defender los intereses que él representa.
He sido vertical y en cada oportunidad no he permitido que ningún tipo de influencia
acalle nuestro pensamiento. No he asumidos poses, sino posiciones revestidas de
la firme convicción de que lo que defiendo lo hago porque en ello creo.
Mi experiencia profesional no es fruto de la
improvisación o el oportunismo. Así como fui consultor del Ministerio de
Educación, también lo he sido de la Procuraduría General de la República,
servicios que han consistido en la elaboración de 2 propuestas de reglamento
interno; el primero, el reglamento sobre la carrera del ministerio público aprobado
por el Consejo Superior del Ministerio Público, y el segundo, el reglamento
disciplinario pendiente de aprobación por dicho organismo. En ambos procesos
nos sometimos a procesos de licitación pública auditados por la Agencia
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), quien se
encargó de financiar ambos proyectos. Igualmente en casi 8 años de ejercicio
profesional he trabajado en oficinas de alto prestigio, como lo es Alburquerque
& Alburquerque, donde me ocupe del área de litigios y la oficina Salcedo
& Astacio, donde ocupe la función de Sub-Gerente y Gerente de Litigios,
donde me tocó prestar servicios profesionales al Banco Central en los casos de
fraude bancario e igualmente realizar labor de consultoría con el Consejo
Nacional de la Seguridad Social. Nuestra cualificación académica está soportada
en múltiples programas de postgrado y maestrías realizados fuera y dentro del
país en el área de derecho público.
De lo que se trata aquí es de un claro caso de
difamación con el objetivo de fusilar moralmente nuestra reputación con el
objetivo de deslegitimar el movimiento Poder Ciudadano del cual soy parte y uno
de sus voceros. Vale agregar que además de la infamia perpetrada en nuestra
contra, este mismo joven injurió y difamó igualmente a personas allegadas a mí
como lo son Matías Bosch y Juan Miguel Pérez, con quienes además de tener
estrechas relaciones de amistad, nos une una militancia en las ideas y en lo político
contestarías del status quo y del
pensamiento conservador.
En lo personal no dejaremos de seguir ejerciendo el
área de práctica que hemos asumido y seguiremos ofreciendo nuestros servicios
profesionales sea en los casos en que se abra licitación pública o por
contratación directa siempre amparados en lo que establece la ley. Igualmente
seguiremos ejerciendo nuestros derechos de reclamar pulcritud y transparencia
en el uso de los fondos públicos, seguiremos como activista social participando
en todas y cada unas de las causas que el pueblo dominicano abrace y en la cual
estemos convencido que sea justa y necesaria para tener una sociedad más
democrática y digna.
En ese sentido, extendemos por esta vía la misma
recomendación que le hice al joven Edward Chá cuando fue amenazado de ser
demandado por difamación, hecho que sí ocurrió. Le exigimos que un plazo de 24
horas RECTIFIQUE las informaciones vertidas en su blog personal y ofrezca una
disculpas aclaratorias del hecho, so pena de ser sometido penal y civilmente
por violación a los artículos 29 de la Ley de Expresión y Difusión del
Pensamiento y 367 del Código Penal los cuales tipifican la
infracción de difamación e injuria.
Anexo 1:
Anexo 2:
Anexo 3:
Anexo 4:
Anexo 5:
Anexo 6:







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