El Estado Regulador: Fachada del Estado Neoliberal.
El
Modelo de Estado se encuentra revisitado. Las últimas tres décadas han sido el
crisol en el cual se ha fraguado un nuevo concepto de este ente, en donde se ha
producido una sustancial redefinición de sus funciones. Desde la Revolución
Francesa, hemos podido observar tres modelos de Estado, en principio,
dialécticamente opuestos. Esto como resultado de luchas que se dan a lo interno
de la sociedad y que constituyen el vínculo esencial de las relaciones de poder
que definen la política. Sectores diversos, unos colocados en posición
subordinada y otros en posición de subordinar, han antagonizado por largo
tiempo siempre con el propósito de imponer determinada filosofía política, es
decir, una visión de la sociedad con vocación de universalizarse y constituirse
en el proyecto de valores, principios e ideas de todos los ciudadanos. Desde el
primer modelo de Estado, el apellidado como liberal, pasando por el Welfare
State, jurídicamente configurado como el Estado social, llegamos a la
manifestación más actual, conocida como el Estado regulador.
El
Estado regulador es una concepción que refleja una orientación que traduce una
inclinación ideológica representativa de los valores de un sector sobre otro en
el marco del texto constitucional. Este nuevo “paradigma” que se presenta como una reformulación del Estado Social
plantea la necesidad de que los servicios públicos vayan a parar a manos de los
particulares sobre la base de que estos son más eficientes que el Estado en
cuanto a la actividad empresarial se refiere. Teóricamente se plantea la idea
de que el Estado regulador no puede desconocer la cláusula del Estado Social
contenida en nuestra Constitución y que por el contrario, este nuevo modelo lo
que pretende es hacer más eficiente la satisfacción del interés general.
Se
plantea entonces esto como la evolución lógica y adecuada del proceso que
comprende desde el Estado de Policía, pasando al Estado Liberal decimonónico y
luego al Estado Social, provocándose la fusión entre estos últimos modelos en
donde el Estado reconoce que su labor no puede extenderse solamente a la de
garantizar las libertades individuales, sino que sumado a esta tarea, están
otras que implican el acceso a los medios necesarios para tener una condición
de vida digna.
Este
esquema coloca en una posición de preeminencia a la iniciativa privada sobre la
base del principio del subsidiariedad el cual dispone que allí donde la
iniciativa privada sea más eficiente que el Estado, este no podrá intervenir.
Esto evidencia una condicionante de corte incluso constitucional que coloca por
encima de todo a los intereses económicos particulares, erigiéndose así en una
patente de corso que restringe igualmente la concepción del modelo de
desarrollo que tenemos basada en la inversión de capitales extranjeros en
condiciones exageradamente desfavorables para el Estado Dominicano y que están
acompañadas por todas las medidas de apertura económica y liberalización de los
servicios públicos que son propias del “paradigma” del Estado regulador y que
buscan teóricamente viabilizar la concreción de la cláusula del Estado Social.
Esta
tendencia de la desregulación propia del Estado regulador, que desde el punto
de vista semántico, implica la supresión de restricciones, sobre todo
restricciones relacionadas con el ámbito económico, las cuales son establecidas
por el Estados a los agentes económicos.
En este sentido, la desregulación hace referencia a la potenciación de
la competitividad y el libre mercado, es decir, a la libertad de competencia.
Este
fenómeno de la desregulación que se presencia actualmente en la realidad
jurídica de Estados como el nuestro y contrario a lo que el término podría
sugerir, no se trata de un estado de desorden o anarquía en ausencia total de
regulación por parte del Estado, se caracteriza por la sustitución de normas
intervencionistas del Estado, por normas destinadas a garantizar la libre
competencia del mercado y el libre ejercicio de organismos privados, pero sobre
la base de servicios públicos.
Se
aprecia con mayor fuerza en virtud del proceso de globalización, que ha
desencadenado en evidentes cambios en las políticas públicas, lo cual se debe a
la presencia cada vez más marcada de empresas multinacionales y grupos
económicos internacionales que necesitan cada vez más de normas uniformes que
les brinden seguridad en el desempeño de sus funciones comerciales y que
fomenten la libertad del mercado.
Esto
es evidente en una marcada tendencia a favorecer procesos de privatización de
servicios públicos y empresas estatales, afectando la garantía y protección de
estos derechos sociales, provocando a nuestro juicio una desfundamentalización
de los derechos fundamentales, dado pues que los servicios públicos tienen como
propósito servir de mecanismos de materialización de dichos derechos y al estar
regidos por un modelo de Estado que se erige en garantía institucional de la
economía de mercado, estos quedan regidos por la premisa de ser sujetos de
mercantilización, lo cual provoca la tensión entre el acceso en tanto derecho
que permite la concreción de la dignidad humana, y la limitación que se impone
al pasar a manos privadas, cuyo principal propósito es la acumulación de
capital.
Dentro
de los elementos que comprenden el cambio político que requiere este país está
la necesidad de avanzar hacia un nuevo modelo de Estado que tomen en cuenta la
realidad particular y geopolítica de nuestro país. Hay que superar este modelo
de Estado, podemos hacerlo y lo vamos a hacer.
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